RESIDENCIA PARA EMPRENDEDORES
Se encuentra regulada en la Ley 14/2013, DE 27 DE SEPTIEMBRE, DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES Y SU INTERNACIONALIZACIÓN.
Con la finalidad de que aquellos extranjeeros fuera de la Unión Europea que quieran residir y trabajar en Espña y quieran establecerce por su cuenta, se prevee este tipo de residencia.
¿Quién puede solicitarlo?
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Extranjeros de fuera de la UE que vayan a
desarrollar una actividad emprendedora de carácter innovador con especial interés económico para España.
¿Cómo?
Si se encuentran fuera de España, se deben solicitar
un visado de residencia por un año con el fin único o principal de efectuar los
trámites previos para poder ejercer la actividad emprendedora.Si se encuentran en España, es decir disponen de una autorización de estancia, o residencia o visado de emprendedor, deben solicitar una
autorización expresa de residencia para emprendedores por dos años renovables que habilita para desarrollar una actividad económica como emprendedor.
¿Dónde dirigirse para solicitarlo?
En el caso de los
visados deben solicitarse en el
Consulado de España en el país de procedencia o de residenciaPara el caso de las autorizaciones
de residencia, deben solicitarse en la
Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.
¿Qué documentos debo presentar ?
- Documento de identidad o pasaporte.
- Seguro público o privado de enfermedad con una entidad que opere en España.
- Certificado de antecedentes penales.
- Acreditación de medios económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su período de residencia en España.
Con
carácter previo a la solicitud del visado o autorización, se necesita informe favorable sobre la actividad emprendedora y empresarial que se va a desarrollar en España.
¿Dónde se solicita dicho informe?
- Para los visados, el informe de interés de actividad emprendedora debe ser solicitado en la Oficina Económica y Comercial de España del ámbito de la demarcación geográfica donde se solicite el visado.
- Para las autorizaciones de residencia, el informe de actividad emprendedora debe ser solicitado en la Dirección General de Comercio e Inversiones.
¿Qué se entiende por actividad emprendedora de interés económico para España?
Aquellas actividades empresariales y/o emprendedoras que supongan creación de puestos de trabajo y/o tengan un carácter innovador para España, y/o suponga inversión para España.
¿Qué se debe presentar para solicitar dicho informe?
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El plan de negocios del proyecto, en particular: el perfil profesional del solicitante, actividad a desarrollar, cuántos puestos de trabajo se crearán, características y cualificación requerida de cada uno de ellos, dónde se desarrollará el proyecto (zona geográfica) y cuánto supone la inversión.
¿Qué beneficios obtendré?
- Tramitación conjunta de la autorización del cónyuge e hijos.
- No se aplica la Situación Nacional de Empleo.
- Agilización de la tramitación:
- Visados resueltos y notificados en 10 días hábiles.
- Autorizaciones de residencia resueltas en 20 días.
La autorización de residencia permite residir y trabajar y es válida en todo el territorio nacional.Todos los procedimientos de autorización de residencia se centralizan en una ventanilla única: Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos