Prestación por Cese de actividad Autónomos
PRESTACIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD DE AUTÓNOMO
- Cese de Actividad ¿Qué es?
- Requisitos
- ¿Cómo justificarlo?
- ¿Cómo y dónde lo solicito?
- Duración e Importe de la Prestación
1. Cese de actividad:
El cese de actividad en los autónomos o conocido como paro de los autónomos (CATA), forma parte de la acción protectora del sistema de la Seguridad Social, y tiene por objeto proteger al trabajador autónomo que cesa en la actividad (de forma temporal o definitiva.
En el momento de darte de alta en la seguridad social formulario
TA 0521, deberás seleccionar la opción de cobro por cese de actividad.
Se encuentra regulada en las siguientes leyes:
·
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
·
Real Decreto 1541/2011, de 31 de octubre, que desarrolla el sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos
2. Requisitos:
Tienen acceso los trabajadores pertenecientes al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos que cumplan con los siguientes requisitos:
- Estar afiliado, en situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, y tener cubierto el cese de actividad en la fecha de cese.
- Tener cubierto el periodo de carencia de doce meses continuados e inmediatamente anteriores al cese.
- Estar en situación legal de cese de actividad y suscribir el compromiso de actividad.
- No haber cumplido la edad ordinaria de jubilación para tener derecho a la pensión contributiva, salvo que no se tuviera acreditado el periodo de cotización requerido para ello.
- Estar al corriente en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social.
3. ¿Cómo lo justifico?
Para solicitarlo tienes que acogerte a alguno de los siguientes supuestos
- Motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos (pérdidas en un años superiores al 10% de los ingresos, ejecuciones judiciales o administrativas de cobro de deudas que comporten al menos el 30% de los ingresos del ejercicio anterior, declaración concursal que impida continuar con la actividad)
- Causa de fuerza mayor
- La pérdida de licencia administrativa necesaria para el ejercicio de la actividad, siempre que no sea por infracción penal
- La violencia de género determinante del cese en la actividad
- El divorcio o acuerdo de separación matrimonial por resolución judicial en los supuestos en que el autónomo ejerciera funciones de ayuda familiar en el negocio del excónyuge determinantes de su inclusión en el Régimen de autónomos
- Para Trabajadores Económicamente Dependientes (TRADE), la finalización del contrato o conclusión de la obra o servicio, el incumplimiento contractual grave del cliente, la jubilación, muerte o incapacidad del mismo y la rescisión de la relación contractual por causa justificada o injustificada
Además, hay que tener en cuenta que en todos los casos será requisito necesario haber cotizado por cese de actividad durante un período mínimo de 12 meses continuados e inmediatamente anteriores al cese.
4. ¿Cómo y dónde lo solicito?
Se debe presentar la solicitud cumplimentada en cualquier centro asistencial u oficina de atención al público de la Mutua de Accidentes de Trabajo con la que trabajes, junto con los documentos necesarios para acreditar la causa de cese alegada.
Los facilitados por la Mutua son:
- Solicitud de la prestación
- Declaración jurada
- Comunicación de datos del pagador (modelo IRPF 145)
y por el Servicio Público de Empleo:
5. Duración e importe de la prestación
La duración de la prestación por cese de actividad , dependerá del período de tiempo cotizado
Período Cotización |
Duración |
12 -17 meses |
4 meses |
18- 23 meses |
6 |
de 24 a 29 meses |
8 |
de 30 a 35 meses |
10 |
de 36 a 42 meses |
12 |
de 43 a 47 meses |
16 |
Más de 48 meses |
24 |
IMPORTE : Se abonará el 70% del promedio de las bases de cotización de los 12 meses anteriores a la situación legal de cese de actividad.
Durante este periodo en el que se percibe la prestación, la Mutua cotiza por contingencias comunes, y se contemplan también medidas de formación, orientación profesional y promoción de la actividad por parte de los servicios públicos de empleo autonómicos