Consulta de forma telemática el pago de tu cuota autónomo

  • 07-Feb-2021

Consulta de forma telemática el pago de tu cuota autónomo

Los autónomos ya pueden consultar telemáticamente cada mes su cuota a la Seguridad Social
 
La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha puesto en marcha un nuevo sistema, desde el pasado  27 de enero de este año que permite a los trabajadores dados de alta en el RETA, (autónomos) un sistema por él cual pueden conocer el importe de su cuota en la Seguridad Social.
Así pueden conocer cada mes la cuota que se le cargará en su cuenta bancaria el último día hábil de ese mes.
¿Qué es?
En concreto, a través de este nuevo Servicio de Consulta de recibos emitidos para el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), al que puede acceder a través de la ruta accediendo a la web de la Seguridad Social: El trabajador autónomo obtendrá la siguiente información:
Desde el mismo día 26 de cada mes: Los trabajadores incluidos en este Régimen podrán consultar la cuota correspondiente a dicho mes que se le cargará en su cuenta bancaria el último día hábil del mes y la cuota, en su caso, correspondiente a las eventuales liquidaciones complementarias que se cargarán en su cuenta bancaria en ese mes.
Un ejemplo práctico: a partir del día 26 de febrero de 2021 se podrá consultar a través de este servicio las cuotas correspondientes a dicho mes de febrero y la liquidación complementaria correspondiente al mes de enero de 2020por el incremento de tipos de cotización por accidente de trabajo y cese de la actividad.
Además, podrán comprobar en cualquier momento las cuotas ya emitidas por la TGSS para su cargo en la correspondiente cuenta bancaria desde julio de 2018, fecha en la cual se implantó en la entidad el procedimiento de emisión de adeudos conforme a los requisitos establecidos por la normativa SEPA, hasta el mes anterior a la consulta. 
CARACTERÍSTICAS:
Tienes que saber que esa información sobre cuotas emitidas no certifica que dichas cuotas hayan sido efectivamente pagadas por el trabajador, por lo que no sirve para acreditar que se encuentra al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social.
Asimismo, la información obtenida a través de este nuevo servicio no podrá utilizarse, en ningún caso, como documento para el pago de cuotas, un abono que solo puede realizarse mediante el sistema de domiciliación bancaria.
IMPORTANTE
Este nuevo servicio está disponible solo para los trabajadores incluidos en el RETA.
 
 
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